En la actualidad, numerosos problemas, trabas burocráticas, tasas y multas deben enfrentar los indígenas que quieran inscribir a sus hijos con nombres tradicionales indígenas.
Con el objeto de facilitar a los indígenas el trámite de inscripción de recién nacidos con nombres indígenas, el diputado nacional Pablo Zancada presentó un proyecto de modificación de la ley del nombre.
A título de ejemplo podemos citar un caso registrado en Mendoza el año pasado. En un artículo periodístico, fechado en octubre de 2008, el diario Los Andes de Mendoza reseña lo siguiente "El 19 de agosto nació el segundo hijo de Ramón Tello y Luisa Jofré, pertenecientes al pueblo huarpe, con vivienda en el alejado paraje lavallino de San Miguel. Ramón, de 33 años, es representante de la etnia en el Consejo de Coordinación Indígena y presidente de la comunidad José Andrés Gil.
Atento a todas las reivindicaciones que están procurando los pobladores de las zonas del desierto mendocino, la pareja decidió poner a su vástago el nombre de Cayé, que en lengua milcayac, la que hablaban sus antepasados, significa corazón. Los trámites se hicieron en el Registro Civil de la villa de Lavalle y, en atención a las disposiciones vigentes, el personal informó al matrimonio que ese nombre no estaba contemplado en el listado oficial, previsto por la ley 18.248 (conocida como Ley del Nombre).
Para conseguir que el chico lleve esa identidad, junto a la de Gustavo, los padres deberían pagar cincuenta pesos para su incorporación a la nómina oficial de nombres y un valor similar, que es lo que cobra la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Cuyo para realizar un análisis etimológico de la palabra elegida para que ese chico sea reconocido en la vida futura.
Debe aclararse que la casa de estudios no requirió ese desembolso al progenitor.
El señor Tello, más que enojado está dolido. "No me negaron la posibilidad de que el pequeño lleve el nombre que elegimos; lo tendrá a la larga, pero luego de cumplir y pagar lo requerido", afirma, sosteniendo las fojas del expediente que abrió por su caso. Tampoco desconoce que los oficiales públicos actuaron de acuerdo a la ley y a procedimientos vigentes. "Lo que siento es desigualdad frente a otros ciudadanos argentinos, que pueden registrar el nombre de sus hijos libremente, si se llaman Raúl, Mario o Rubén, con mínimos requisitos y sin tener que pagar nada".
Este caso se multiplica por cientos en todo el país, con los consiguientes problemas que acarrea a aquellos indígenas que desean legítimamente y de este modo honrar sus raíces culturales. Al respecto, una responsable del registro civil de Chaco comentaba lo siguiente: si el nombre con el que se desea inscribir al recién nacido no figura en el listado de nombres reconocidos oficialmente los padres deben iniciar un expediente. Si en el plazo de cuarenta días establecido para la inscripción de recién nacidos el trámite no está resuelto, los padres deben abonar una multa y, en muchos casos, recurrir a la vía judicial mediante la representación de un abogado.
Para superar definitivamente estos problemas y contribuir a hacer efectivos los derechos de los pueblos originarios el Diputado Zancada ha presentado el proyecto Nº 2238-D-2009, que propone modificar el artículo 3º bis de la ley del nombre Nº 18.248 estableciendo que "los hijos de cualquier persona que se autoidentifique como perteneciente a un pueblo indígena podrán inscribirse con nombres indígenas. Las limitaciones del artículo 3º de la presente ley no son aplicables en estos casos. Tampoco podrá impedir o limitar el ejercicio de este derecho ningún listado de nombres, requerimiento, disposición, tasa o norma administrativa alguna.
Fuente: Radio Amanecer/PRENSA EL NORTE EXISTE
A título de ejemplo podemos citar un caso registrado en Mendoza el año pasado. En un artículo periodístico, fechado en octubre de 2008, el diario Los Andes de Mendoza reseña lo siguiente "El 19 de agosto nació el segundo hijo de Ramón Tello y Luisa Jofré, pertenecientes al pueblo huarpe, con vivienda en el alejado paraje lavallino de San Miguel. Ramón, de 33 años, es representante de la etnia en el Consejo de Coordinación Indígena y presidente de la comunidad José Andrés Gil.
Atento a todas las reivindicaciones que están procurando los pobladores de las zonas del desierto mendocino, la pareja decidió poner a su vástago el nombre de Cayé, que en lengua milcayac, la que hablaban sus antepasados, significa corazón. Los trámites se hicieron en el Registro Civil de la villa de Lavalle y, en atención a las disposiciones vigentes, el personal informó al matrimonio que ese nombre no estaba contemplado en el listado oficial, previsto por la ley 18.248 (conocida como Ley del Nombre).
Para conseguir que el chico lleve esa identidad, junto a la de Gustavo, los padres deberían pagar cincuenta pesos para su incorporación a la nómina oficial de nombres y un valor similar, que es lo que cobra la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Cuyo para realizar un análisis etimológico de la palabra elegida para que ese chico sea reconocido en la vida futura.
Debe aclararse que la casa de estudios no requirió ese desembolso al progenitor.
El señor Tello, más que enojado está dolido. "No me negaron la posibilidad de que el pequeño lleve el nombre que elegimos; lo tendrá a la larga, pero luego de cumplir y pagar lo requerido", afirma, sosteniendo las fojas del expediente que abrió por su caso. Tampoco desconoce que los oficiales públicos actuaron de acuerdo a la ley y a procedimientos vigentes. "Lo que siento es desigualdad frente a otros ciudadanos argentinos, que pueden registrar el nombre de sus hijos libremente, si se llaman Raúl, Mario o Rubén, con mínimos requisitos y sin tener que pagar nada".
Este caso se multiplica por cientos en todo el país, con los consiguientes problemas que acarrea a aquellos indígenas que desean legítimamente y de este modo honrar sus raíces culturales. Al respecto, una responsable del registro civil de Chaco comentaba lo siguiente: si el nombre con el que se desea inscribir al recién nacido no figura en el listado de nombres reconocidos oficialmente los padres deben iniciar un expediente. Si en el plazo de cuarenta días establecido para la inscripción de recién nacidos el trámite no está resuelto, los padres deben abonar una multa y, en muchos casos, recurrir a la vía judicial mediante la representación de un abogado.
Para superar definitivamente estos problemas y contribuir a hacer efectivos los derechos de los pueblos originarios el Diputado Zancada ha presentado el proyecto Nº 2238-D-2009, que propone modificar el artículo 3º bis de la ley del nombre Nº 18.248 estableciendo que "los hijos de cualquier persona que se autoidentifique como perteneciente a un pueblo indígena podrán inscribirse con nombres indígenas. Las limitaciones del artículo 3º de la presente ley no son aplicables en estos casos. Tampoco podrá impedir o limitar el ejercicio de este derecho ningún listado de nombres, requerimiento, disposición, tasa o norma administrativa alguna.
Fuente: Radio Amanecer/PRENSA EL NORTE EXISTE
0 comentarios:
Publicar un comentario