VISTO.....LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º — Establécese que estará a cargo del PROGRAMA NACIONAL DE SEGUIMIENTO POSTRASPLANTE el tratamiento de inmunosupresores que requieran los pacientes trasplantados beneficiarios del PROGRAMA FEDERAL DE SALUD (PROFE).
Art. 2º — Establécese que la prestación médica referida en el Artículo 1º será financiada por el PROGRAMA NACIONAL DE SEGUIMIENTO POSTRASPLANTE.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— María G. Ocaña
— María G. Ocaña
Click aqui para leer resolucion completa: http://www.solesdebuenosaires.org.ar/Leyes/Res%20974%2009%20postransplante.html
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