martes, 5 de enero de 2010

LA PLATA: NUEVAS NORMATIVAS SOBRE DISCAPACIDAD

La Cámara de Diputados bonaerense sancionó recientemente dos leyes que beneficiarán a ciudadanos de la Provincia con movilidad reducida.
A partir de dos iniciativas presentadas por el diputado Carlos Bonicatto (FpV-PJ), se estableció por un lado que todas las empresas de transporte de colectivo tendrán la obligación de publicar las frecuencias de las unidades accesibles para personas con movilidad reducida.Esa información deberá exponerse en "forma fácilmente legible y entendible" y también deberá comunicarse al usuario un número telefónico para recibir consultas sobre dicha información.
En caso de incumplimiento por parte de las empresas, la misma será sancionada con un apercibimiento y multas que van desde los 100 hasta los 5.000 pesos.
Por otra parte, se estableció la regulación en el ámbito de la provincia de Buenos Aires del llamado "turismo accesible" orientado para personas con movilidad y/o comunicación reducidas. "La obligación de las Agencias de Viajes será informar a las personas con movilidad y comunicación reducidas o grupo familiar sobre los inconvenientes e impedimentos que pudiere encontrar en la planificación de un viaje que obstaculizaran su integración física, funcional o social y, a su vez, comunicar a los prestadores de servicios turísticos sobre las circunstancias referidas en el artículo 2° a los fines de que adopten las medidas que las mismas requieran", explicó Bonicatto.Fuente: Conadis

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