sábado, 14 de agosto de 2010

MENDOZA: POLEMICO FALLO CONTRA LA DONACION DE ORGANOS

En 2008, una chica de 20 años recibió un balazo en la cabeza y sufrió muerte cerebral. Pero para un juez, Rafel Escot, la joven perdió la vida durante la donación de órganos.

Juez consideró que la chica no murió a causa del disparo sino durante el proceso de donación de órganos.

La resolución que ayer dejó en libertad a Oscar Ahumada (28) refiere a un caso ocurrido en 2008, cuando este joven le disparó en la cabeza a su novia Cintia Castillo, de 20 años.


La joven fue trasladada al hospital Central de la ciudad de Mendoza, donde le diagnosticaron muerte cerebral, según registra Clarín.com. La chica fue conectada a un respirador artificial y dos días después sus padres decidieron donar sus órganos.


El abogado de Ahumada, Daniel Romero, había alegado que su defendido había disparado de "manera accidental" y que la muerte de la joven se produjo "por ser donante de órganos". "Cuando la víctima llegó al hospital no tenía muerte cerebral sino una lesión seria. No exisitó el móvil de causarle la muerte", indicó.


Condena. Tras el hecho, Ahumada fue condenado a tres años de cárcel por homicidio culposo, que se atribuye a una muerte no intencional.


Sin embargo, el fiscal Fernando Guzzo presentó un recurso de casación y el juicio se hizo de nuevo. El lunes pasado, el juez Escot pasó el delito de homicidio culposo a lesiones gravísimas culposas, ya que no pudo confirmar el causante de la muerte de la chica.


Los fundamentos del fallo se darán a conocer el próximo miércoles.


Respuesta del Incucai. Ante la polémica desatada por el caso, el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) aclaró que el proceso de donación de órganos y tejidos se inicia siempre a partir del reconocimiento y diagnóstico de la muerte. "Para poder establecer el diagnóstico de muerte es prerrequisito fundamental la existencia de una causa documentada de la misma", indica el comunicado.


El instituto aclara que en todos los casos de muerte violenta se requiere autorización de un juez, quien previa intervención de un médico forense dictamina que los órganos donados no afectan el resultado de la posterior autopsia.


"Cuando la causa que determina la muerte actúa primariamente sobre el sistema nervioso central, ésta puede ser diagnosticada por criterios neurológicos (que siempre incluyen técnicas instrumentales), aun cuando persista el latido cardíaco. En tales situaciones, la continuidad de la asistencia respiratoria mecánica en un individuo muerto tiene como única finalidad preservar la viabilidad biológica de los órganos pasibles de ser trasplantados", agrega el comunicado.


El texto finaliza diciendo que "la llamada muerte encefálica es la muerte diagnosticada bajo criterios neurológicos, independientemente de que exista o no donación de órganos".


Muerte neurológica


Incucai. El Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante comunicó que “cuando la causa que determina la muerte actúa primariamente sobre el sistema nervioso central, ésta puede ser diagnosticada por criterios neurológicos, aun cuando persista el latido cardíaco. En tal situación, la continuidad de la asistencia respiratoria tiene como único fin preservar la viabilidad de los órganos pasibles de trasplantarse”.


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