sábado, 28 de agosto de 2010

SABADO 21/08/10 DE 16 A 18 HS....en SOMOS TODOS DIFERENTES

Entrevista a Oscar Cortés Cristancho: Comunicador Social, periodista, Magíster en Ciencias políticas, facilitador en Metodologías, Catedrático Universitario, Investigador en áreas sociales, Experto en Deporte paraolímpico, Asesor en Política Pública, Dirigente deportivo, Conferencista y miembro del Comité Consultivo Nacional de Discapacidad de Colombia. Miembro de la UNIDAD DE PLANEACIÓN E INVESTIGACIONES y UNIDAD DE COMUNICACIONES de lA ACR(Alta Consejeria para la Reintegración) de la Presidencia de la Republica de COLOMBIA

Entrevista a la Dra. María Elisa Barone, Neuróloga de la Dirección Médica del INCUCAI e integrante del Comité de Bioética del organismo. Puede extenderse específicamente en qué es la muerte encefálica y cómo es un proceso de donación y trasplante. Lo consulté con ella y no tiene problemas para el próximo sábado 21 de agosto entre las 16 y las 18hs Hablara sobre el fallo del juez mendocino Rafael Escot quien aun n o publico los fundamentos de su sentencia que se esperaba lo haga el 18/08/10 expuso entre otras cosas: Polémico fallo judicial sobre donación de órganos Un juez determinó que una chica no murió por el disparo de su novio, sino durante el proceso de donación de órganos. Un joven fue enjuiciado y acusado de haber matado de un tiro en la cabeza a su novia, pero en un polémico fallo un juez mendocino dijo que la bala no mató a la mujer sino que la víctima murió en el proceso de donación de órganos. Así, la condena pasó de ser un homicidio, según había fundamentado el fiscal, a un accidente con una condena por lesiones gravísimas culposas. El acusado llevaba dos años en proceso y ayer recuperó la libertad. Los fundamentos del juez de la Quinta Cámara del Crimen, Rafael Escot se leerán recién el próximo miércoles. Según pudo conocer Clarín , el magistrado fundamentará que duda de que el imputado haya tenido intención de matar a su novia y que el concepto de muerte cerebral (estado en el que se encontraba la víctima al momento de la ablación de sus órganos) no es a su criterio, “la muerte definitiva de una persona”. Sumará entre los antecedentes el caso de Zack Dunlap, un joven de Texas que recobró el conocimiento después de haber sido declarado con muerte cerebral…. “A la chica la mataron los médicos. No todos los que matan son homicidas. Los médicos hicieron algo legal, pero si la chica no hubiese sido donante, hoy, quizás, seguiría conectada con alguna posibilidad de vida”. La frase pertenece a Rafael Escot, juez de la Quinta Cámara del Crimen, quien ayer dio a conocer los fundamentos de la sentencia del martes 10 de agosto, cuando por la muerte de Cintia Castillo –donante de órganos– se condenó a su novio, Alejandro Ahumada, a tres años de prisión en suspenso por lesiones gravísimas culposas. A los cinco días hábiles de la sen- tencia, el camarista dio sus explicaciones y confirmó lo que se sospechaba después de la sentencia: la muerte no se produjo por el disparo, sino por la ablación que realizaron los médicos del Incucai. “A la chica no la mató el joven.
La mataron los médicos. Ellos fueron los que le quitaron la vida en un acto legal. No son homicidas”, soltó Rafael Escot, en un escrito que tiene 96 fojas. En este sentido, aseguró que Ahumada “debe responder por lo que hizo y no por lo que no hizo”. “El chico la hirió accidentalmente, no la mató”, confió. En los fundamentos se destapó una serie de irregularidades en la etapa de instrucción, ya que en ninguna parte del expediente está asentado que la ablación de órganos fue autorizada por el juez de Garantías de turno, como exige la ley. Debido a esto, cuestionó el accionar del fiscal que instruyó la causa, Alejandro Iturbide (ver aparte).
LOS FUNDAMENTOS. El camarista Escot sentenció que Cintia Castillo falleció el 15 de marzo del 2007 por el diagnóstico de “muerte clínica encefálica”, por lo que se procedió a desconectar al respirador que la mantenía con vida para luego hacer la ablación. El magistrado hizo hincapié en el testimonio del doctor Juan Nanfaro, del Cuerpo Médico Forense. Este relato fue clave para la sentencia. El facultativo aseguró que si la chica “no hubiera sido donante, se la debía conectar a un respirador y con esa lesión hubiese sido una moribundo, pero con vida. Si no intervenía el Incucai, hubiera seguido en estado vegetativo, pero con vida”, agregó Nanfaro y esto fue resaltado por Escot. Gracias a este testimonio, el magistrado sostuvo sus fundamentos. En medio del escrito, el camarista lanzó: “Fue claro que si no hubiera intervenido el Incucai, por la ley con la autorización de sus familiares, la chica estaría con vida. El médico fue claro y dijo que su estado era moribundo pero que con el respirador podía seguir con vida”. ANTECEDENTES. El camarista remarca varios ejemplos de gente que aún en ese estado luego de varias años logró recuperar su estado de salud. “Uno de los casos es el de Salvatore Crisafulli, quien quedó en coma prolongado a raíz de un accidente. Casi dos años después despertó y expresó que, pese al estado de coma, veía y escuchaba todo”, sostuvo en sus argumentos. Luego agrega: “La realidad de la vida nos marca que muchas veces la persona se recuperó”. Escot sostuvo que, ante esto, se entiende que la decisión de quitarle la vida fue netamente de la familia de la chica y, por ende, de los médicos. El imputado no tiene por qué responder por esa acción. Ahora bien, ¿quién mató a Cintia Castillo? Esta es la pregunta que se plantea en el medio de los fundamentos: “Bastan las dudas para no atribuirle la muerte al imputado”. Luego de un enjundioso análisis, concluye que “los médicos realizan una acción típica pero justificada”; lo que implica que, para el autor del escrito, “el imputado no mató a su novia, los que la mataron fueron los cirujanos”, concluye el magistrado. A base de todo esto, el juez entendió que la calificación correspondiente era de lesiones gravísimas culposas y que la pena que correspondía era de tres años de prisión en suspenso. El caso Cintia Castillo murió el 15 de mayo del 2008 en el Hospital Central, dos días después de ser herida por una bala en la cabeza. Según pudo acreditarse en el debate, el 13 de ese mes, el imputado, novio de la chica, estaba en una obra en construcción del carril Mathus Hoyos al 900 de Bermejo con su tío. En un momento, llegó Cintia y junto con Alejandro Ahumada se fueron a una habitación. De ese cuarto se escuchó un disparo y el joven salió gritando “mirá lo que hice, fue un accidente”. Tras dos horas de retraso, el hombre llevó a la chica al hospital, donde dos días después, al tener muerte cerebral, fue desconectada del respirador para donar órganos. Este caso tuvo un primer juicio en la Cuarta Cámara del Crimen, que condenó al acusado por homicidio culposo. El fiscal de Cámara Guzzo presentó un recurso de casación y la Corte ordenó otro debate. En este, el acusado fue condenado por lesiones culposas gravísimas, lo que originó la polémica sentencia. Antecedente en el pais: Un fallo dictado por el juez de Misiones Carlos María de la Cruz, en 2006, entendió que una chica de 12 años había muerto en 2000 como consecuencia de la ablación de sus órganos para ser donados y no del accidente de tránsito que la había dejado en estado vegetativo. Los padres de Agustina María Bernasconi, la víctima, pidieron el juicio político contra el juez, al que acusaron de prevaricato por haber dictado una sentencia absolutamente contraria a la ley. Finalmente el juez fue destituido y otro magistrado que tomó la causa falló en 2009 a favor de la familia, reconociendo que la causa de la muerte había sido el accidente. Así, ordenó que los padres de la chica fueran indemnizados. Piden investigar la instrucción El expediente que instruyó la Oficina Fiscal Nº8 de Guaymallén bajo las órdenes del fiscal de instrucción Alejandro Iturbide –hoy juez de Flagrancia– tiene algunas irregularidades. Es que, en todo el expediente, sólo hay dos fojas – 86 y 87– que hablan de la autorización a la ablación de órganos. Y en ese corto espacio nunca quedó asentado quién autorizó a dicha acción, la que debería ser convenida bajo la firma de un juez de Garantías. Escot, aseguró que es “casi imposible que esto se haya hecho sin la autorización judicial” pero que “debería estar plasmado en el expediente”. Ante esto, el fiscal de Cámara, Fernando Guzzo, solicitó un pedido de compulsa para averiguar posible comisión de delitos por parte de la Oficina Fiscal y el camarista dio lugar al pedido Comentario sobre el juez del caso: Magistrado polémico Mafia policial. Rafael Escot fue el juez que investigó el famoso caso de las mafias policiales. Todos los acusados quedaron en libertad por faltas de pruebas. Enfermera Páez. Durante el primer juicio que se hizo por esta causa, los abogados defensores arremetieron en varias oportunidades contra Escot. La sentencia de su tribunal fue anulada. Caso Azcurra. Dijo que el efectivo que disparó contra el jugador lo hizo porque lo provocaron.

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